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viernes, 18 de julio de 2025

PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN AVANZADA EN SALUD

 Ruth Galaviz

rthugalaviz2@gmail.com


Mediante Resoluciones Nº 070(1), 071(2), 072(3) y 073(4) con fecha 17 de junio de 2025, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 43.154 de fecha 20 de junio de 2025, se crearon los Programas Nacionales de Formación Avanzada (PNFA)(5) conducentes a los grados académicos que se especifican a continuación, luego de cumplir con las cargas académicas (Unidades Crédito) señaladas: 


Estos Programas elevan el número total a setenta y cuatro (74) para el Nivel de Postgrado Universitario. Es preciso señalar que, tal y como se establece en la regulación de los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria, posteriormente a la creación de un PNFA, mediante Acto Administrativo, éste debe ser autorizado para su gestión a las respectivas Instituciones de Educación Universitaria, igualmente mediante Acto Administrativo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.(6)

 

           

REFERENCIAS

 

1. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 070 de junio 17 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Otorrinoralingología. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.154, Junio 20 de 2025.

 

2. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 071 de junio 17 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Medicina Oncológica. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.154, Junio 20 de 2025.

 

3. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 072 de junio 17 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Enfermería Cardiovascular. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.154, Junio 20 de 2025.

 

4. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 073 de junio 17 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Cuidados de Enfermería en las Emergencias y Desastres. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.154, Junio 20 de 2025.

 

5. Galaviz, R. (2019). El Sistema de Educación Universitaria venezolano de cara al Plan de la Patria 2025 (III) [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com

 

6. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 4.021 de marzo 18 de 2013. Mediante la cual se regulan los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 40.130, Marzo 18 de 2013.


viernes, 13 de junio de 2025

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN AVANZADA EN BIOÉTICA

Ruth Galaviz

rthugalaviz2@gmail.com


     Mediante Resolución Nº 062 de fecha 2 de junio de 2025, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 43.147 de fecha 11 de junio de 2025, se creó el Programa Nacional de Formación Avanzada (PNFA)(1) en Bioética, conducente a los grados académicos de Magíster en Bioética, luego que los estudiantes cumplan con una carga académica de cincuenta y seis (56) unidades crédito, el dominio de un idioma extranjero, una (1) presentación de trabajo en evento de intercambio académico y la presentación de un (1) trabajo académico sobre bioética y; Doctora o Doctor en Bioética, luego que los estudiantes cumplan con una carga académica de sesenta y cinco (65) unidades crédito, el dominio de un idioma extranjero, dos (2) presentaciones de trabajos en eventos de intercambio académico y la presentación de dos (2) trabajos académicos sobre bioética.(2)


     El PNFA en Bioética está centrado en un conjunto de: "actividades académicas, de investigación e innovación para contribuir con la formación de una comunidad de conocimiento en bioética capaces de emitir recomendaciones y orientaciones metodológicas para abordar diversos dilemas éticos." (2) Con la creación de este Programa se eleva el número total a 70 para el Nivel de Postgrado Universitario. 


     Es preciso señalar que, tal y como se establece en la regulación de los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria(3), posteriormente a la creación de un PNFA, mediante Acto Administrativo, éste debe ser autorizado para su gestión a las respectivas Instituciones de Educación Universitaria, igualmente mediante Acto Administrativo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.



REFERENCIAS


1. Galaviz, R. (2019). El Sistema de Educación Universitaria venezolano de cara al Plan de la Patria 2025 (III) [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com


2. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 062 de junio 2 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Bioética. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.147, Junio 11 de 2025.


3. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 4.021 de marzo 18 de 2013. Mediante la cual se regulan los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 40.130, Marzo 18 de 2013.

martes, 3 de junio de 2025

Universidad Nacional de las Comunas (UNACOM)

Ruth Galaviz 
rthugalaviz 2@gmail.com

     Mediante Decreto Nº 5.130 del 28 de mayo de 2025, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 43.137 de la misma fecha, fue transformada la Universidad Bolivariana de las Comunas (UBC) y modificada su denominación como Universidad Nacional de las Comunas (UNACOM), con el encargo social de “contribuir activamente con el desarrollo endógeno integral, sostenible y sustentable en su área de influencia, con la participación activa y permanente del Poder Popular, bajo enfoques multidisciplinarios y transdisciplinarios”.(1)

     Como Universidad Especializada(2), el proceso formativo de la UNACOM se enfocará en tres (3) ejes: Producción de Alimentos, Producción de Ciencia y Producción de Dignidad. La sede rectoral estará ubicada en la ciudad de Caracas y el "Campus Universitario" en la ciudad de Tocuyito, estado Carabobo.

Actualmente, el Subsistema de Educación Universitaria está integrado por un total de 168 Instituciones, teniendo el sector oficial una representación del 45 %.


REFERENCIAS

1. Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela. Transformacion y modificación de denominación de la Universidad Bolivariana de las Comunas (UBC). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.137, Mayo 28 de 2025.

2. Galaviz, R. (2019). Las Universidades Especializadas en el Plan de la Patria 2025 [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com

jueves, 8 de mayo de 2025

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN AVANZADA EN CIBERSEGURIDAD

Ruth Galaviz 

rthugalaviz2@gmail.com 


     Mediante Resolución Nº 050 de fecha 3 de mayo de 2025, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 43.121 de fecha 6 de mayo de 2025, se creó el Programa Nacional de Formación Avanzada (PNFA)(1) en Ciberseguridad, conducente al grado académico de Especialista en Ciberseguridad, luego de que los estudiantes cumplan con una carga académica de veintisiete (27) unidades crédito y haber presentado el Trabajo Especial de Grado.(2)

     El PNFA en Ciberseguridad tiene por objetivo: "formar profesionales en el área de la Ciberseguridad que dominen las técnicas y herramientas para la defensa y resguardo de la información y las infraestructuras críticas, así como la gestión de incidentes con una visión amplia, integral y transdisciplinaria." (2) 

     Con la creación de este Programa se eleva el número total a 69 para el Nivel de Postgrado Universitario. Es preciso señalar que, tal y como se establece en la regulación de los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria(3), posteriormente a la creación de un PNFA, mediante Acto Administrativo, éste debe ser autorizado para su gestión a las respectivas Instituciones de Educación Universitaria, igualmente mediante Acto Administrativo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.




REFERENCIAS


1. Galaviz, R. (2019). El Sistema de Educación Universitaria venezolano de cara al Plan de la Patria 2025 (III) [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com


2. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 050 de mayo 3 de 2025. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Ciberseguridad. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.121, Mayo 6 de 2025.


3. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 4.021 de marzo 18 de 2013. Mediante la cual se regulan los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 40.130, Marzo 18 de 2013.

domingo, 9 de marzo de 2025

Balance Académico del Subsistema de Educación Universitaria 2024 (I)

Ruth Galaviz 

rthugalaviz2@gmail.com 


     Siguiendo los procesos de planificación que incluyen, entro otros aspectos, la creación y autorización de opciones y/u oportunidades de estudio (OE)(1) dentro del Subsistema de Educación Universitaria, las cuales pueden formar parte posteriormente de la Oferta Académica (OA) presentada a la población con aspiraciones de cursar estudios universitarios; durante el año 2024 se experimentó una expansión del nivel de Pregrado al aumentar el número de Instituciones, Extensiones Universitarias, carreras y Programas Nacionales de Formación (PNF)(2), de la siguiente forma:


- Creación y Autorización de Funcionamiento de Instituciones de Educación Universitaria (IEU): mediante Decreto Nº 5.053 de fecha 3 de diciembre de 2024, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 43.020 de fecha 3 de diciembre de 2024, se autorizó el funcionamiento de la Universidad Audiovisual de Venezuela "Manuel Trujillo Durán” (gestión privada)(3) y, mediante Decreto Nº 5.055 de fecha 11 de diciembre de 2024, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.863 (Extraordinario) de fecha 11 de diciembre de 2024 se creó la Universidad Nacional de las Ciencias "Dr. Humberto Fernández-Morán" (gestión oficial)(4). Con estás Instituciones aumenta el número total de Universidades a noventa y siete (97).


- Creación de cuatro (4) PNF: Educación Física; Educación en Geografía, Historia y Ciudadanía; Educación en Lenguas Extranjeras Mención Inglés e; Ingeniería Biomédica; en las Áreas de Conocimiento de Ciencias de la Educación y Ciencias del Deporte e, Ingeniería, Arquitectura y Tecnología respectivamente, para un total de noventa y cuatro (94) PNF creados hasta la fecha.

Autorización de funcionamiento de Extensiones Universitarias: 1) Guasdualito e 2) Intercultural La Guajira, para la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (gestión oficial) y; Centro Histórico de Valencia, para la Universidad Privada Arturo Michelena (gestión privada). Las Extensiones Universitarias están definidas como la dependencia de la universidad, instituto o colegio universitario que funciona fuera de su sede central, cumpliendo sólo actividades académicas.”(1)







- Autorización de gestión de PNF y carreras para IEU oficiales y de gestión privada:









     Las OE creadas y autorizadas estuvieron dirigidas en su mayoría a las Instituciones Privadas, con un porcentaje predominante de las carreras (71%). Por otro parte, las OE integran en su mayoría el Área de Conocimiento de Ciencias Sociales (31%) como se muestra a continuación:





     Otro aspecto a considerar es que el número de autorizaciones hacia algún sector (oficial o privado) no tiene relación directa con la cobertura territorial de las mismas, ni su impacto en las zonas de influencia de las IEU involucradas.

     Queda realizar el balance correspondiente al Nivel de Postgrado Universitario.





REFERENCIAS

1. Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior (2007). Oportunidades de Estudio en las Instituciones de Educación Superior en Venezuela. Consejo Nacional de Universidades. 

2.  Galaviz, R. (2019). El Sistema de Educación Universitaria venezolano de cara al Plan de la Patria 2025 (II) [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com

3. Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela. Decreto 5.053 de diciembre 3 de 2024. Mediante el cual se autoriza el funcionamiento administrativo de la Universidad Audiovisual de Venezuela "Manuel Trujillo Durán. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 43.020, Diciembre 3 de 2024.

4. Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela. Decreto 5.055 de diciembre 11 de 2024. Mediante el cual se crea la Universidad Nacional de las Ciencias "Dr. Humberto Fernández-Morán". Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 6.863 (Extraordinario), Diciembre 11 de 2024.




lunes, 18 de marzo de 2024

PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN AVANZADA EN SALUD

Ruth Galaviz
rthugalaviz@gmail.com
rthugalaviz2@gmail.com

     Mediante Resoluciones Nº 022(1), 023(2), 024(3) y 025(4) con fecha 11 de marzo de 2024, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.839 de fecha 14 de marzo de 2024, se crearon los Programas Nacionales de Formación Avanzada (PNFA)(5) conducentes a los grados académicos que se especifican a continuación, luego de cumplir con las cargas académicas (Unidades Crédito) señaladas: 

      Estos Programas elevan el número total a 58 para el Nivel de Postgrado Universitario. Es preciso señalar que, tal y como se establece en la regulación de los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria, posteriormente a la creación de un PNFA, mediante Acto Administrativo, éste debe ser autorizado para su gestión a las respectivas Instituciones de Educación Universitaria, igualmente mediante Acto Administrativo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.(6)



REFERENCIAS

1. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 022 de marzo 11 de 2024. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Enfermería en Nefrología. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.839, Marzo 14 de 2024.

2. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 023 de marzo 11 de 2024. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Medicina Forense. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.839, Marzo 14 de 2024.

3. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 024 de marzo 11 de 2024. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Medicina Física y Rehabilitación. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.839, Marzo 14 de 2024.

4. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 025 de marzo 11 de 2024. Mediante la cual se crea el Programa Nacional de Formación Avanzada en Psiquiatría y Salud Mental Comunitaria. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.839, Marzo 14 de 2024.

5. Galaviz, R. (2019). El Sistema de Educación Universitaria venezolano de cara al Plan de la Patria 2025 (III) [Entrada en blog]. Temas de Educación Universitaria. Recuperado de https://temaseducacionuniversitaria.blogspot.com

6. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 4.021 de marzo 18 de 2013. Mediante la cual se regulan los Programas Nacionales de Formación Avanzada en el Subsistema de Educación Universitaria. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 40.130, Marzo 18 de 2013.

miércoles, 13 de marzo de 2024

PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS. UN EJERCICIO DE PLANIFICACIÓN (II)

Ruth Galaviz

rthugalaviz@gmail.com

rthugalaviz2@gmail.com


Luego de haber establecido un primer criterio que podría permitir realizar la planificación necesaria, dentro del Subsistema de Educación Universitaria (SEU), para cumplir con lo contemplado en la Resolución Conjunta Nº 001/008 del Ministerio del Poder Popular para la Educación y el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (1), y así desarrollar un Proyecto de Prosecución de Estudios; el segundo criterio a proponer es identificar los Programas Nacionales de Formación (PNF) creados actualmente, que corresponderían a las Especialidades de la Opción de Educación Media Técnica y serían objeto de la Articulación Curricular de Áreas de Formación en Unidades Curriculares.


     La identificación de los PNF supone dos pasos: 1) Ubicar las Especialidades de Educación Media Técnica en las Áreas de Conocimiento del SEU y; 2) Identificar los PNF de las Áreas de Conocimiento que corresponden a las Especialidades.


Especialidades de Educación Media Técnica/ Áreas de Conocimiento del SEU


Mediante Resolución Nº 0018 de fecha 19 de septiembre de 2023, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.739 de fecha 20 de octubre de 2023, se dictaron los Planes de Estudios para la Educación Técnica Profesional en la opción Media Técnica (2), que corresponderían a nueve (9) Especialidades, a saber:


1) Agropecuaria, con las menciones de: Ecoturismo, Ciencias Agrícolas y Pecuarias, Forestal, Pesca y Acuicultura, Tecnología de los Alimentos, Promoción y Gestión Ambiental, Ciencias Agrícolas.

2) Industrial, con las menciones de: Electricidad, Electrónica, Construcción Civil, Mecánica Térmica, Mecatrónica, Metalmecánica, Minería, Química Industrial, Telemática.

3) Hidrocarburos, con las menciones de: Petróleo y Gas Natural, Refinación y Petroquímica.

4) Salud, con las menciones de: Electromedicina, Enfermería, Salud y Recreación, Farmacia, Higiene Dental, Laboratorio Clínico, Nutrición y Dietética, Órtesis y Prótesis, Optometría, Registro y Estadística de Salud.

5) Transporte Multimodal, con las menciones de: Transporte Acuático, Transporte Terrestre, Transporte Ferroviario y Sistemas por Cables, Aeronáutica.

6) Economía Social, con las menciones de: Administración, Aduana, Economía Digital, Contabilidad, Turismo.

7) Arte, con las menciones de: Artes Audiovisuales, Artes Escénicas, Artes Musicales, Artes Visuales.

8) Prevención Ciudadana, con la mención de: Gestión Integral de Riesgo.

9) Educación Física, con las menciones de: Promoción del Entrenamiento Deportivo, Promoción de la Actividad Física y Recreación.


     Por otra parte, dentro del SEU los PNF se agrupan en Áreas de Conocimiento, de acuerdo a los perfiles profesionales. Existen ocho (8) Áreas de Conocimiento: 1) Ciencias Básicas; 2) Ciencias Sociales; 3) Ciencias del Agro y del Mar; 4) Ingeniería Arquitectura y Tecnología; 5) Humanidades, Letras y Artes; 6) Ciencias de la Educación, Ciencias del Deporte; 7) Ciencias y Artes Militares; 8) Ciencias de la Salud. (3)


De lo anterior, las Especialidades de Educación Media Técnica quedarían agrupadas en las Áreas de Conocimiento de la siguiente forma:

PNF de las Áreas de Conocimiento/ Especialidades


Luego de hacer la correspondencia entre Especialidades y Áreas de Conocimiento, es preciso identificar, entre los PNF existentes, aquellos que en un Primer Momento de desarrollo del Proyecto de Prosecución de Estudios, se relacionan directamente con las Especialidades de Educación Media Técnica, que serían:


     De acuerdo a lo expuesto, en primera instancia, ocho (8) de las nueve (9) Especialidades tienen correspondencia en cuarenta y seis (46),  de los PNF creados hasta el momento, distribuidas en seis (6) de las ocho (8) Áreas de Conocimiento,  representando el 49% de un total de noventa y tres (93) Programas. Quedaría por identificar las Instituciones de Educación Universitarias que podrían abordar el Proyecto en su Primer Momento de desarrollo.



REFERENCIAS


1. Ministerio del Poder Popular para la Educación/ Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Resolución 001/008 de enero 16 de 2024. Mediante la cual se crea la Red de Cooperación entre el Ministerio del Poder Popular para la Educación y el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, para la articulación académica entre las Escuelas Técnicas, las Instituciones de Educación Universitaria y la Misión Sucre. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.800, Enero 17 de 2024.

2. Ministerio del Poder Popular para la Educación. Resolución 0018 de septiembre 19 de 2023. Mediante la cual se dictan los Planes de Estudios para la Educación Técnica Profesional en la opción Media Técnica. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 42.739, Octubre 20 de 2023.

3. Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior (2007). Oportunidades de estudio en las Instituciones de Educación Superior en Venezuela. Consejo Nacional de Universidades. 

PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN AVANZADA EN SALUD

  Ruth Galaviz rthugalaviz2@gmail.com Mediante Resoluciones Nº 070(1), 071(2), 072(3) y 073(4) con fecha 17 de junio de 2025, publicadas en ...